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A) DEFINICIONES GENERALES

 

Accidente: Se define como accidente, a cualquier suceso que es provocado por una acción violenta y repentina ocasionada por un agente externo involuntario, y que da lugar a una lesión corporal o produce daños en bienes materiales.

Asegurado: Persona física o jurídica, titular del interés asegurable en un contrato de seguros. Dicho de otro modo, es quien sufre sobre sus bienes o derechos, el perjuicio económico a consecuencia de un siniestro; o la persona cuya vida o integridad física se asegura.

Asegurador: Institución responsable de la emisión del contrato de seguros (condiciones particulares y generales de la póliza); así como de indemnizar al asegurado, todos los daños que correspondan ante un eventual siniestro.

Bonificación o Bonus: Descuentos que se aplican sobre el costo original, por comportamiento siniestral, alarmas, zona de circulación, volumen asegurable, etc.

Cobertura del Riesgo: Refiere al tipo de amparo que se incluye en los riesgos asegurados (Incendio, hurto, etc.).

Franquicia(Deducible): Suma de dinero que deberá pagar el asegurado a la Compañía, en caso de hacer uso de su póliza, siempre y cuando el daño de reparación supere su valor establecido en la póliza.

Franquicia (No deducible): Opera similar al caso anterior, con la diferencia que dicha suma no se descuenta del importe a indemnizar, siempre y cuando el daño de reparación supere su valor establecido en la póliza.

Endoso: Documento adicional o complementario que modifica información del contrato firmado en primera instancia.

Interés Asegurable: El interés asegurable en los seguros de daños, es la relación de carácter económico que une al asegurado con la cosa asegurada y que puede ser afectada en caso de ocurrir un siniestro.

Objeto asegurado: Refiere al tipo de Riesgo a asegurar (edificios, contenidos, cristales, dinero, etc.)

Ocupación del Riesgo: Refiere al tipo de actividad que será desarrollada, dentro del Riesgo asegurado.

Póliza: Refiere al documento que forma parte del contrato de seguros, que se establece entre la Aseguradora y el Cliente solicitante de una cobertura para un determinado Riesgo. En dicha póliza de seguros, se establecen condiciones particulares de seguros, mas allá de estar sujeta a otras de carácter general.

Premio o prima: Costo del seguro sin impuestos.

Premio total o prima total: Costo del seguro con las cargas de emisión e impuestos.

Propuesta de seguros: Refiere al formulario de suscripción que forma parte del contrato, y que deberá ser completado con todos los datos del riesgo que se desea asegurar, mas todos los datos del interesado.

Siniestro: Daños o lesiones que se producen en bienes o personas, a consecuencia de un hecho accidental.

Tasa o prima: Alicuota que se aplica por ciento o por mil sobre la suma asegurada, para el cálculo de costos.

Tomador: Persona física o jurídica que contrata el seguro al asegurador y se obliga a pagar las primas del seguro. Puede que el Tomador contrate el seguro por cuenta propia y ahí se convierte en el asegurado; o lo haga por cuenta ajena (o sea el asegurado es otra persona).

Fuente: garciahelguera